19 junio, 2015

Durante la semana del 6 al 10 de julio está prevista la realización del cobro domiciliado de la cuota de colegiación correspondiente al segundo semestre de 2015. Aquellas personas que hayan realizado algún cambio en sus datos bancarios tienen que comunicarlo a los servicios técnicos del COAMB antes del martes 30 de junio.

También se tienen que poner en contacto con el Colegio antes de esta fecha (aportando la documentación requerida en cada caso):

– Las personas colegiadas que se encuentren en situación de desempleo. Si es vuestro caso, tenéis que acreditar que estáis inscritos en el Servicio de Ocupación y aportar el documento de Alta y Renovación de la Demanda de Ocupación (DARDO), que proporciona el SOC y que os podéis descargar, con vuestro PIN, de la página del SOC. El certificado de inscripción al SOC no es válido, sólo lo es el documento DARDO.

Las personas paradas pueden acogerse a un descuento de la cuota colegial (que pasa a ser de 28 euros/semestre).

– Los colegiados o adheridos que estén residiendo en el extranjero. En este caso, os tenéis que poner en contacto con el Colegio y os indicaremos la documentación a presentar.

Los colegiados que se encuentran en su primer año como licenciados están exentos del pago de la cuota.

Os recordamos que las cuotas impagadas se tendrán que hacer efectivas en un plazo máximo de 15 días naturales a contar a partir del día siguiente del día en que recibís el aviso del COAMB, y que el recargo del recibo impagado irá a cargo de la persona colegiada. Según los Estatutos del COAMB, dejar impagadas las cuotas ordinarias correspondientes a un año comporta la pérdida de la condición de colegiado.

Consultad la normativa sobre la gestión de las cuotas colegiales