El pasado 17 de noviembre de 2020 se publicaron los estatutos modificados del COAMB https://www.coamb.cat/actualitat-coamb/nous-estatuts-del-coamb/.
Uno de los cambios importantes se reflejan en el artículo 23 de las atribuciones o funciones de los ambientólogos y ambientólogas.
En concreto, los cambios en el artículo 23 consisten en:
- Añadir a la letra c) “Consultoría, auditoría, y desarrollo e implantación de sistemas de gestión ambiental”; las funciones en responsabilidad social corporativa.
- Añadir a la letra i) “Ordenación y gestión del territorio”; las funciones en Movilidad y Smart Cities.
- Añadir a la letra k) el Análisis y estudio en conflictos ambientales, además de la negociación, participación y mediación de estos conflictos.
- Añadir a la letra l) “Sensibilización, educación y comunicación ambiental orientada hacia la sostenibilidad, el desarrollo y la cooperación” los procesos de participación y comunicación.
- Completar la letra o) “Gestión de residuos”, pasando a nombrarse “Prevención y gestión de residuos y ciclo de los materiales.
- Añadir a la letra u) “gestión energética”, las funciones en eficiencia energética.
Y por último, se añadieron las siguientes atribuciones:
- w) Mitigación y adaptación al cambio climático.
- x) Turismo sostenible.
- y) Evaluación del impacto ambiental de productos, servicios o sistemas con visión de ciclo de vida.
- z) Economía vinculada a la sostenibilidad de los recursos. Economía circular.
Es por eso que procedimos a modificar el documento de atribuciones, disponible en la página web del COAMB https://www.coamb.cat/la-professio/els-professionals/ En este documento no solo quedan recogidas las atribuciones oficiales, si no que se puedan consultar, a títol informativo, algunos ejemplos de actividades, proyectos, informes, estudios y tareas concretas vinculadas a cada atribución.
Creemos que este ejercicio de actualización es necesario atendiendo que con los años, los profesionales del medio ambiente hemos ido realizando nuevas funciones, y deben ser reconocidas debidamente.
Por último, también queremos comentaros que este es un documento de tipo informativo y dinámico. Si consideráis que alguna atribución se puede completar con más actividades concretas de las que tenéis conocimiento, o que incluso desarrolléis vosotros mismos a nivel profesional, nos lo podéis hacer llegar, enviando un mail a la dirección coamb@coamb.cat con el asunto “Atribuciones de los ambientólogos y ambientólogas”.
¡No dudéis en participar y en cualquier caso esperamos que el documento os sea de utilidad!